miércoles, 29 de abril de 2009

3.000 MILLONES PARA AVALAR LA DEUDA DE LOS AYUNTAMIENTOS A LAS EMPRESAS

El objetivo de esta medida es que los autónomos y empresas puedan cobrar las cantidades que les adeudan las corporaciones locales por la prestación de obras y servicios
El Instituto de Crédito Oficial acaba de poner en marcha una línea de avales, por importe de 3.000 millones de euros, destinada a garantiza el cobro de las facturas endosadas por las empresas y autónomos correspondientes a obras y servicios a Entidades Locales. La provisión de estos avales facilitará el descuento de estas facturas por parte de las entidades financieras, dado que el ICO respalda el pronto pago del 100% de dichas facturas. De esta manera, al eliminar el riesgo de una excesiva demora en el cobro de las facturas de los ayuntamientos, los autónomos y empresas verán mejorada sustancialmente su liquidez, mediante el descuento de derechos de cobro. Tramitación Hasta el 31 de julio de 2009 disponen los trabajadores autónomos y las empresas, con independencia de su tamaño, para dirigirse a su banco o caja y solicitar la cesión del derecho de cobro reconocido por la entidad local. Para poder acogerse a esta medida los autónomos y empresas deben acreditar la realización total o parcial de obras o la prestación de servicios entregados con anterioridad al 24 de abril de 2009. La documentación que deberá presentar la empresa para que la entidad de crédito proceda a realizar el endoso será una de las siguientes:
• Certificación de Secretario de la entidad local por el que se ha producido el reconocimiento de la obligación a cargo de la misma. 
• Notificación, de cada factura, del banco o caja relativa al acuerdo de cesión de derechos de cobro suscritos por la entidad de crédito con la empresa acreedora. En el reverso de la factura se incluirá la toma de razón por la entidad local de dicha factura.
El importe máximo de endoso por cliente será el 100% de los servicios prestados, con un máximo de 300.000 euros, computable en una o varias certificaciones o documentos acreditativos. La entidad de crédito podrá cobrar como máximo un 5% sobre el importe de la certificación de la obra o servicio, que se descontará de una sola vez en la fecha del endoso. Asimismo, es importante señalar que el ICO avalará hasta el 25% del importe anual que cada entidad local tenga reconocido a cuenta de su Participación en los Tributos del Estado 2009, cifra que conocerán las entidades de crédito que colaboren en la gestión de la línea.